5 cosas que debes saber sobre la reducción de alimentos

Fecha: 4 noviembre 2022 - 8:57 pm

alimentos
  1. ¿Cuál es la demanda de reducción de alimentos?

La demanda de reducción de alimentos tiene por objeto conseguir la reducción de la pensión alimenticia previamente fijada a través de una conciliación extrajudicial o una sentencia judicial.

  1. ¿Cuándo procede la reducción de alimentos?

La reducción de alimentos sólo procederá en los casos establecidos en el artículo 482° del Código Civil, que son los siguientes:

  1. Detenimiento o menoscabo económico del obligado, ya sea por la disminución de sus ingresos o por el aumento de la carga familiar frente a terceros; debiendo éste cumplir sólo en función a sus posibilidades.
  2. Disminución de las necesidades del beneficiario de la obligación alimentaria, es decir, el pago debe ser proporcional a la necesidad actual y real.
  1. ¿Es obligatorio acreditar estar al día en las pensiones para demandar reducción de alimentos?

El artículo 565-A del Código Procesal Civil señala lo siguiente:

“Es requisito para la admisión de la demanda de reducción, variación, prorrateo o exoneración de pensión alimentaria que el demandante obligado a la prestación de alimentos acredite encontrarse al día en el pago de la pensión alimentaria.”

Sin embargo, el Pleno Jurisdiccional Distrital de Ica realizado en junio de 2018 ha precisado que:

“(…) En los casos de reducción de alimentos, cuando el alimentista sea menor de edad, el Juez deberá aplicar el artículo 565-A del CPC. Asimismo, en los demás casos, el Juez deberá analizar la exigencia contenida en el artículo 565-A del CPC, en cada situación en concreto, teniendo en cuenta ciertas variables, como la calidad de adulto mayor o situación de vulnerabilidad del obligado, la imposibilidad del obligado de acreditar estar al día en el pago o la existencia de duda razonable sobre ello; debiendo el Juzgador dejar dicho análisis para el momento de sentenciar, pronunciándose sobre el fondo del asunto, constituyendo tal situación de incumplimiento, un fundamento de fondo en contraste con otras situaciones alegadas y acreditadas dentro del proceso; todo ello, a la luz de los principios de proporcionalidad y razonabilidad, pro actione y la tutela jurisdiccional efectiva (acceso a la justicia)”.

  1. ¿Qué documentos deben acompañar mi demanda?

Para solicitar la reducción de alimentos, el interesado obligado o sentenciado debe presentar los siguientes documentos:

  1. Copia simple de su Documento Nacional de Identidad
  2. Acta de nacimiento del menor o de los menores alimentistas
  3. Copia del Acta de Conciliación Extrajudicial o de la Sentencia Judicial firme en donde se aprecie el monto fijado de pensión alimenticia.
  4. Otros documentos que acrediten o justifiquen aquellos hechos o circunstancias que le impiden seguir pagando el monto de la pensión de alimentos señalado en la Conciliación o en la Sentencia y por lo cual solicita la reducción
  1. ¿Dónde debo realizar el trámite de reducción de alimentos?

La reducción de pensión de alimentos se podrá realizar en un Centro de Conciliación extrajudicial siempre y cuando la fijación de pensión de alimentos se haya realizado por este mismo medio, caso contrario deberá realizarse en la vía judicial.

Si deseas conocer más sobre este tema puedes revisar otros artículos publicados en nuestra página web.

Por: Zoila Pérez Guevara

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Comentario(s)

Autor: Carlos

Comentario: Exelente la informacion, aunque debería profundizar en los aspectos de algunos acuerdos plenarios respecto al tema

Fecha: 11 septiembre 2023, 4:01 am