Fecha: 2 septiembre 2022 - 2:13 am
Frente a la separación o divorcio de una pareja, la tenencia se presenta como un hecho fundamental, ya que mediante ésta se determinará si los menores hijos vivirán con uno o ambos padres.
El Código del Niño y del Adolescente en su artículo 81° señala que:
Cuando los padres están separados de hecho, la tenencia de los niños, niñas o adolescentes se determina de común acuerdo entre ellos y tomando en cuenta el parecer del niño, niña o adolescente. De no existir acuerdo o si este resulta perjudicial para los hijos, la tenencia la resolverá el juez especializado dictando las medidas necesarias para su cumplimiento, pudiendo disponer la tenencia compartida, salvaguardando en todo momento el interés superior del niño, niña o adolescente.
De la lectura del artículo podemos apreciar que la tenencia de manera facultativa puede ser decidida por el acuerdo entre los padres a través de una conciliación; sin embargo, en los casos donde no haya acuerdo estos deberán acudir ante un juez especializado en familia quien después de analizar el caso en concreto determinará la tenencia a favor de uno o ambos padres, tomando en cuenta siempre el interés superior del niño y del adolescente.
La Corte Suprema con relación al artículo antes citado ha establecido que en los casos donde no haya acuerdo entre los padres el Juez deberá tomar en cuenta la opinión del niño y del adolescente. Al respecto, en la Casación N° 2702-2015, Lima los magistrados precisaron que para determinar la tenencia del menor no solo se deberá tomar en cuenta los informes sociales y psicológicos practicados, sino también la voluntad del menor siempre que éste demuestre cierto grado de madurez y conciencia sin que se encuentre influenciado por los padres; la cual podrá ser observada con el análisis de la conducta del menor a lo largo del proceso.
Con respecto a la madurez del menor ésta debe ser entendida como el momento en que el menor es capaz de acceder al ejercicio de sus derechos fundamentales inherentes a él como persona, siendo capaz de comprender las ventajas y riesgos, así como la diferencia entre lo bueno y lo malo.
En ese sentido, las acciones que denotan madurez de la menor en el presente caso fueron las siguientes:
Si deseas conocer más acerca de la tenencia de menores te recomendamos revisar el artículo sobre los criterios para determinar la tenencia haciendo clic en el siguiente enlace: https://www.zhconsultoresperu.com/articulo/conoce-los-criterios-para-determinar-la-tenencia-de-un-menor/
Por: Zoila Pérez Guevara
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