Fecha: 27 octubre 2021 - 11:41 pm
Muchas sociedades se constituyen con el capital mínimo y necesario, con el paso del tiempo este capital se va quedando pequeño dentro del balance de una gran empresa.
Empresas con beneficios, van acumulando reservas, sin prestar atención al capital social, hasta que un buen día alguien pone sus ojos en él y decide que es hora de que acompañe al crecimiento de la empresa, lo cual da pase al aumento de capital.
¿En qué consiste el aumento de capital?
El aumento de capital consiste en la realización de nuevos aportes, en bienes o en efectivo a favor de la sociedad, que incrementan su economía a cambio de la entrega a los aportantes de nuevas acciones y / o participaciones o del aumento del valor nominal de las acciones y / o participaciones ya existentes.
Cabe resaltar que en la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada –EIRL- también procede el trámite del aumento de capital.
En el caso de las sociedades se requiere que el aumento esté aprobado por los socios que representan el 66.66% del capital de la empresa, en primera convocatoria, o el 60% en segunda convocatoria. De estar de acuerdo la totalidad de los socios, no es necesario efectuar convocatorias (Junta Universal).
MODALIDADES
Según el artículo 202° de la Ley General de Sociedades, nos menciona que el aumento de capital puede originarse en:
1. Nuevos aportes.
2. La capitalización de créditos contra la sociedad, incluyendo la conversión de obligaciones en acciones.
3. La capitalización de utilidades, reservas, beneficios, primas de capital, excedentes de revaluación.
4. Los demás casos previstos en la ley.
¿Cuáles son los requisitos para el aumento de capital?
Por otro lado, existen determinados momentos en la vida societaria, en donde el capital social de la empresa o sociedad excede sus necesidades, es decir, se define un monto muy alto al momento de su constitución, o por el contrario, la empresa o sociedad se encuentra en una situación económica complicada y debe ajustar sus fondos propios, ambas situaciones dan pase a la reducción de capital.
¿En qué consiste la reducción de capital?
La reducción de capital social consiste en la reducción de la cifra del capital social con los requisitos y formalidades establecidos por la ley.
Cabe resaltar que en la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada –EIRL- también procede la reducción del capital.
En el caso de las sociedades se requiere que la reducción de capital, cuando es voluntaria, esté aprobada por los socios que representan el 66.66% del capital de la empresa, en primera convocatoria, o el 60% en segunda convocatoria. De estar de acuerdo la totalidad de los socios, no es necesario efectuar convocatorias. (Junta Universal).
MODALIDADES
El artículo 216° de la Ley General de Sociedades, nos señala que, la reducción del capital determina la amortización de acciones emitidas o la disminución del valor nominal de ellas, y se realiza mediante:
1. La entrega a sus titulares del valor nominal amortizado.
2. La entrega a sus titulares del importe correspondiente a su participación en el patrimonio neto de la sociedad.
3. La condonación de dividendos pasivos
4. El restablecimiento del equilibrio entre el capital social y el patrimonio neto disminuidos por consecuencia de pérdidas.
5. Otros medios específicamente establecidos al acordar la reducción del capital.
¿Cuáles son los requisitos para la reducción de capital?
Elaborado por: Alejandra López Palma
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