¿Es posible transformar una eirl a una sac? conozca el procedimiento…
Fecha: 24 noviembre 2021 - 5:34 am
En el Perú, existen diferentes tipos de empresa, si estás por formar o transformar la tuya, te invitamos a leer el siguiente artículo.
¿Qué es una E.I.R.L?
Una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, o más conocida por sus siglas E.I.R.L, tiene las siguientes características:
Constituida por un titular (Dueño único)
El patrimonio de esta empresa es distinto al patrimonio de su titular
Se constituye para el desarrollo de actividades económicas de cualquier tipo.
Esta empresa es ideal para aquellas personas que no deseen tener socios.
El capital de esta empresa deberá estar íntegramente suscrito y pagado al momento de constituirse la misma.
El capital de la empresa está constituido por los bienes que aporte mediante una declaración jurada de la lista detallada, o también se puede aportar dinero en efectivo, dicho dinero se acredita mediante una declaración jurada.
La responsabilidad de la empresa está limitada a su patrimonio. El titular o dueño de la empresa no responde personalmente por las obligaciones de la empresa.
Las acciones legales contra las infracciones del gerente prescriben a los dos años a partir de la comisión del acto que les dio lugar.
El titular, es el órgano máximo de la empresa que tiene a su cargo la decisión de los bienes y actividades.
La gerencia, es designada por el titular, tiene a su cargo la administración y representación de la empresa.
El titular puede asumir el cargo de gerente , en cuyo caso asumirá las facultades, deberes y responsabilidades de ambos cargos y se le denominará: “Titular-gerente”
Ahora bien, que sucede cuando una E.I.R.L, legalmente constituida, necesita tener más socios o accionistas en la empresa, pero quiere mantener su personalidad jurídica, una de las opciones más usadas es transformarla a S.A.C, la cual presentaremos a continuación.
¿Qué es una S.A.C?
Una Sociedad Anónima Cerrada o más conocida por sus siglas S.A.C, tiene las siguientes características:
Se constituye con un mínimo de 2 accionistas y tiene un límite máximo de 20 socios o accionistas.
Se constituye por los socios fundadores al momento de que la escritura pública se registre en la Superintendencia de Registros Públicos la cual contiene el pacto social y los estatutos de la empresa.
El capital de esta empresa deberá estar íntegramente suscrito y pagado al momento de constituirse la misma
Es una persona jurídica de Responsabilidad Limitada, lo que significa que los socios o accionistas quienes la conforman NO responden personalmente con su patrimonio, sino con el patrimonio de la empresa.
No puede inscribir sus acciones en el Registro Público de Mercado de Valores.
Se encuentra organizada por:
Junta General de Accionistas: Es el órgano supremo de la sociedad. Está integrada por el total de socios que conforman la empresa.
Gerente: Es la persona en quien recae la representación legal y de gestión de la sociedad. El gerente convoca a la junta de accionistas.
Directorio: Conformado por mínimo 3 personas, el nombramiento de un directorio por la junta general de accionistas es opcional (no obligatorio).
A continuación presentaremos los requisitos que se necesitan para transformar una E.I.R.L a una S.A.C.
Requisitos:
Copia del documento de identidad del titular y su cónyuge (DNI, carné de extranjería) en el caso de ser casado, así como de los nuevos socios.
Libro legalizado de la E.I.R.L
Ficha ruc
Copia literal completa de la partida registral actualizada de SUNARP.
Copia del testimonio de constitución y modificaciones de la Empresa E.I.R.L.
Balance general suscrito por contador público colegiado al día anterior de la expedición de la escritura pública.
Monto y forma de aporte de los nuevos socios (certificado de depósito – informe de valorización – otros)
PUBLICACIONES EN DIARIOS: 3 veces con intervalo de 5 días. Luego de 30 días se expedirá la escritura pública.
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