¿En qué consisten los delitos económicos?

Fecha: 11 febrero 2022 - 1:01 am

Delito

Para poder desarrollar en qué consisten los delitos económicos, en primer lugar debemos definir al Derecho Penal Económico, el cual, no es más que la actividad punitiva del Estado relacionada con la actividad económica.

Debemos saber, que cuando cierto sistema económico se establece dentro de una sociedad, el estado va a buscar respaldarlo o reforzarlo mediante el dictado de las correspondientes normas jurídicas, las cuales se dirigen a proteger el funcionamiento del sistema económico elegido, por tanto, podemos observar que el derecho no establece el campo económico, sino que una vez establecido los objetivos económicos, el derecho los respalda y fortalece a través de normas que sancionen a las personas que no respeten los objetivos económicos y los incumplan, dañando la economía en su totalidad.

En el Perú, actualmente tenemos un sistema de economía social de mercado, por tanto, el campo de acción en materia económica es sumamente amplio, siendo las libertades de los agentes económicos limitadas sólo en lo referente a dos aspectos: a) Combatir los defectos del mercado libre, defendiendo la estabilidad en el empleo, seguridad social, política monetaria, política fiscal. De esta forma se atenderá a los intereses generales de la población. b) Impedir un sistema de planificación total que limite la libre empresa, por cuanto se ha demostrado que el progreso de los países está en el desarrollo de sus propios recursos, utilizados en forma libre e imaginativa por sus propios miembros.

Cabe precisar que, el derecho penal económico constituye el último nivel de control social a las actividades económicas, las cuales previamente son objeto de control por las otras ramas del Derecho, tales como el Derecho Administrativo, Derecho Monetario, Derecho Tributario, Derecho Aduanero, entre otros.

EL BIEN JURÍDICO EN LOS DELITOS ECONÓMICOS

En los delitos económicos, el bien jurídico no puede establecerse en forma clara y precisa, porque no atenta en forma directa contra un valor respetado socialmente, sino sobre ciertos elementos que permiten asegurar un espacio dentro del cual los demás valores sociales pueden desarrollarse plenamente. En otras palabras, el bien jurídico en los delitos económicos permite el adecuado funcionamiento del sistema social, el cual supone dentro de sí, la existencia de otros bienes jurídicos.

Por consiguiente, el bien jurídico se presenta como uno de naturaleza macrosocial, de interés y al servicio de toda la colectividad, por cuanto todos intervienen en la relación que determina el propio orden económico, por ende, el bien jurídico en los delitos económicos, está constituido por el «conjunto de reglas económicas que configuran un determinado orden económico del Estado, que resulta fundamental para la satisfacción de las necesidades de todos los miembros del sistema».

CARACTERÍSTICAS DE NUESTRA ECONOMÍA SOCIAL DE MERCADO

  1. Libre competencia: Se sanciona a la persona que evite la libre competencia a través de acciones o acuerdos ilícitos encaminados a excluir la participación de otros agentes económicos dentro del mercado. En estos tipos delictivos se hace expresa referencia a los monopolios u oligopolios, por cuanto tales entidades justamente impiden la participación de cualquier otro competidor en el mercado.
  1. Libre formación de precios: La libertad de empresa determina que el mercado, de acuerdo a sus necesidades, fije el precio de sus bienes y servicios; ningún ente particular ni estatal debe intervenir en la formación de los precios, los cuales se originan de la oferta y la demanda que exista en el mercado, es decir,  a mayor oferta, el precio se reduce y ante mayor demanda el precio aumenta. Por tanto, el Derecho busca asegurar esta formación de precio y por tanto sanciona a quienes alteran la formación de precios a través de prácticas ilícitas.
  1. Proceso de Ingresos y Egresos  del Estado: La sociedad actual, debido al modelo de producción que tiene, ocasiona la desigualdad en la distribución de la riqueza; existe un sector que recibe el monto mayor del producto nacional y otro que recibe un mínimo de tal producto. Es por esto que el Estado, interviniendo en la economía, trata de disminuir tal brecha, para lo cual recauda un porcentaje de las ganancias del grupo que recibe el mayor monto de ingresos y lo reparte entre los grupos con menos ingresos.
  1. Control de cambios: La estabilidad de la economía y de la balanza de pagos de una determinada economía exige, entre otros aspectos, que el valor del dinero se mantenga estable frente al mercado internacional. El control de cambios, o mejor dicho mantener estable el tipo de cambio, es uno de los objetivos de política económica, y en tal sentido se sancionarán a las personas que atenten contra el valor de la moneda de un determinado país.
  1. Defensa del Crédito: Entre los objetivos de política económica es necesario precisar la necesidad de distribuir adecuadamente el capital (recurso escaso); sólo así se podrá planificar y desarrollar los sectores que se estimen más convenientes para el desarrollo económico conjunto.

Concluyendo, los delitos económicos son delitos propios o especiales, porque sólo pueden ser cometidos por individuos que abusando de su influencia dentro del sistema económico cometan comportamientos que alteren tal orden, en tal sentido, al sostenerse que sólo determinados entes podrán alterar, modificar o dañar el funcionamiento del orden económico ejecutado por el Estado, encontramos que generalmente la comisión de tales ilícitos penales se encontrará a cargo de las grandes empresas, corporaciones, consorcios, etc., los mismos que constituyen personas jurídicas, no susceptibles de sanción penal directa, sino a través de sus directivos, órganos y representantes.

Por: Alejandra López Palma

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