Fecha: 28 enero 2021 - 10:14 pm
En el Perú, muchas de las familias se han visto en la necesidad de recurrir a un órgano jurisdiccional, con la finalidad de resolver sus conflictos, sobre todo en el ámbito de pensión de alimentos.
La pensión de alimentos se define como el deber que tiene una persona de brindar subsistencia a otra, pudiendo referirse de cónyuge a cónyuge o de un padre frente a sus hijos. La pensión puede darse mediante acuerdo entre las partes o por vía judicial.
¿Cómo se calcula la pensión de alimentos?
De conformidad con el Articulo 648, inciso 6, el porcentaje mínimo que una persona puede abonar por concepto de pensión alimentos es el 20% (VEINTE POR CIENTO) y el máximo 60% (SETENTA POR CIENTO) del total de ingresos.
Por ejemplo: Si Juana demanda a Pedro por pension de alimentos a favor de su hijo Julio, especificando que el ingreso total de Pedro, es de S/1,200.00 (MIL DOSCIENTOS SOLES), el juez puede dictaminar que la pension a abonarse a favor del menor Julio puede ser como mínimo S/ 240.00 (DOSCIENTOS CUARENTA SOLES) y el máximo de S/ 720.00 (SETESCIENTOS VEINTE SOLES).
¿Hasta qué edad se puede se paga la pension de alimentos?
La pensión de alimentos se abona obligatoriamente hasta que el menor alcanza la mayoría de edad, que en el Perú son 18 años. Sin embargo, si el hijo o hija accede a estudios superiores, debe abonarse hasta que termine dichos estudios, siempre y cuando logre llevar los estudios superiores de manera exitosa.
¿Se puede aumentar o disminuir la pension de alimentos?
La pension de alimentos se incrementa o se reduce según el aumento o disminución que experimenten las necesidades del menor, y sobre todo las posibilidades del que debe abonar el pago de pension de alimentos.
Por otro lado, el padre obligado a abonar la pensión también puede disminuir el monto a pagar, si, por ejemplo, pierde su trabajo o tiene más hijos. Además, puede demandar el prorrateo de las pensiones.
RECUERDA:
Si el padre del menor no cumple su deber durante 3 meses, se podrá solicitar una liquidación de pensiones adeudadas. Se deberá registrar al deudor en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM). A partir de este momento, el juez dará un plazo al padre para que pague las pensiones atrasadas y, de no hacerlo, podrá ser embargado. Además, la reincidencia y la persistencia en esta conducta puede acarrear pena de cárcel, ya que es considerado un delito.
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