Fecha: 24 marzo 2025 - 11:39 pm
En un reciente pronunciamento, La Corte Suprema de Justica ha desarrollado criterios para la determinacion judicial de la pena, la cual por regla general se debe ajustar a la gravedad del delito, considerando tanto el acto en sí como las circunstancias que lo rodean. En la Casación N°473-2023/La Liberad, se ha abordado un caso de homicidio culposo tipificado en el articulo 111° del Código Penal (en adelante CP), donde el Tribunal Supremo ha analizado la cuestión de cómo los agravantes afectan la pena bajo el llamado “sistema o esquema escalonado”. Este sistema permite al juzgador valorar progresivamente las agravantes o atenuantes presentes en el delito, dividiendo el espacio de punibilidad de acuerdo con el número de agravantes específicas contempladas por el tipo penal (Acuerdo Plenario N.º 1-2023).
El artículo 111 del CP se encuentra divido en dos partes: el tipo base y las agravantes específicas. En el presente caso, el sujeto activo fue condenado tras atropellar y causar la muerte de una persona de 89 años y se consideraron las siguientes agravantes:
Estas agravantes, contempladas en el párrafo in fine del citado artículo justifican un incremento en la sanción a imponer, que para este delito oscila entre cuatro y ocho años de prisión.
Uno de los puntos clave de la presente Casación N°473-2023/La Liberad, es la aplicación de sistema escalonado para la dosimetría de la pena. A diferencia de otros delitos en los que las agravantes se encuentran en artículos separados (como el delito de robo y agravantes, tipificado en el articulo 188 y 189 del CP), el delito de homicidio culposo tiene tanto el delito base como los agravantes especificas en un solo artículo.
Esta particularidad requiere que el Juez separe los elementos del tipo penal y aplique el sistema escalonado en lugar del tradicional esquema de tercios que se aplica a otros delitos. En ese sentido, el sistema escalonado divide el rango punitivo entre las agravantes específicas presentes en el hecho delictivo, en este caso, con dos agravantes (uso de vehículo y violación de normas de tránsito), el espacio de la pena entre cuatro y ocho años se divide proporcionalmente, resultando en una pena de cinco años para el procesado, la cual se ajusta a los parámetros de proporcionalidad.
Cálculo del sistema escalonado:
El sistema escalonado permite dividir el espacio disponible de la pena entre las agravantes específicas, buscando ajustar de esta manera, la pena de manera proporcional. En este caso, a pesar de las dos agravantes, la pena aplicada fue de cinco años, lo que refleja, según la Corte Suprema, una aplicación adecuada de las circunstancias agravantes dentro del marco legal.
En tal sentido, la Casación N.° 473-2023/La Libertad destaca cómo las agravantes influyen de manera decisiva en la dosimetría de la pena bajo el esquema escalonado. Este sistema aseguraría que las sanciones sean ajustadas proporcionalmente a la gravedad del delito, evaluando no solo el acto cometido, sino también las circunstancias que lo agravan o atenúan, tal como se evidencia en el caso de homicidio culposo analizado en el presente caso.
Escrito por Samy Montero Reategui
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