Acuerdo Plenario N°10-2019/CIJ-116: Facultad para realizar técnicas especiales de investigación
Fecha: 9 marzo 2023 - 6:36 pm
Técnicas especiales de investigación
Las técnicas especiales de investigación desarrollado en el Acuerdo Plenario N°10-2019/CIJ-116, son aquellos métodos de esclarecimiento o averiguación utilizados para reunir información aplicados por la autoridad penal con el objetivo de detectar e investigar delitos y sospechosos sin alertar a la persona a la que esta acción va dirigida.
Estas técnicas de investigación nacen a raíz de la necesidad de hacer frente a actividades delictivas complejas desarrolladas por el crimen organizado, debido a los peligros y dificultades inherentes al logro del acceso a sus operaciones y a la reunión de información y fuentes de prueba para su utilización en los procesos penales.
Diferencia entre las técnicas tradicionales y técnicas especiales de investigación
Técnicas tradicionales de investigación: Son aquellas que visualizan hacia atrás, reconstruyen los hechos del pasado y ofrecen al investigador los móviles y circunstancias en que se cometió el delito, así como la determinación de las personas que participaron en su comisión.
Técnicas especiales de investigación: Son aquellas que visualizan el presente y hacia adelante, a modo de extraer elementos de una organización criminal en plena operación; y, comprende toda información relacionada a la agrupación criminal, como el tipo de estructura que presenta, modo de operar, identificación de miembros y colaboradores de la organización, forma de reclutamiento de nuevos miembros, forma menos peligrosa para infiltrar la organización, forma de relacionarse con otros criminales, entre otras.
En ese sentido, las técnicas especiales de investigación permiten obtener pruebas directas e indiciarias más certeras para comprobar los delitos de realización compleja o de alta profesionalidad delictiva; y, tienen lugar cuando las técnicas de investigación tradicionales son insuficientes.
Clases de técnicas especiales de investigación
Interceptación postal: Mediante esta medida solo se debe interceptar, retener o incautar la correspondencia relacionada al delito objeto de investigación vinculado a la organización criminal.
Circulación y entrega vigilada de bienes delictivos: Esta técnica especial consiste en permitir que bienes y/o mercancías ilícitas sospechosas, circulen por el territorio nacional, salgan o entren en él, sin interferencia de la autoridad y bajo su vigilancia, con el fin de descubrir o identificar a los involucrados de la comisión de algún delito vinculado a la criminalidad.
Agente encubierto: Es un procedimiento especial, autorizado por el fiscal con la reserva del caso, mediante el cual el agente policial, ocultando su identidad, se infiltra en una organización criminal con el propósito de determinar su estructura e identificar a sus dirigentes, integrantes, recursos, modus operandi y conexiones con asociaciones ilícitas.
Agente especial: Es un procedimiento similar al agente encubierto, mediante el cual un ciudadano por el rol o situación en que está inmerso dentro de una organización criminal actúa o realiza acciones para proporcionar las evidencias incriminatorias del ilícito penal.
Operaciones encubiertas: Es un procedimiento especial de investigación, de carácter secreto, autorizado por el fiscal, en la etapa de diligencias preliminares, con el fin de identificar a personas naturales o jurídicas, así como bienes y actividades vinculadas a la criminalidad organizada, para lo cual el fiscal autorizará el tráfico jurídico de una empresa ya existente o crear una ficticia, dándole protección legal a sus bienes en general incluyendo títulos derechos y otras de naturaleza intangible.
Interceptación de las comunicaciones: Consiste en la intervención de las comunicaciones telefónicas, emails u otros medios análogos, autorizando grabaciones, ubicaciones de celdas, identificación de usuarios, etc. Este procedimiento requiere para su actuación autorización judicial.
Videovigilancia y seguimiento: Es una técnica y un arte, porque utiliza tanto la observación (vigilancia fija) y el seguimiento (vigilancia móvil). Al que ejerce la vigilancia se le denomina agente de inteligencia y vigilante.
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