Fecha: 10 mayo 2021 - 8:20 pm
Después de varios debates entre el poder legislativo y el poder ejecutivo respecto al retiro extraordinario de los fondos de AFP; el Congreso de la República oficializó la norma (Ley Nº 31192), Ley que autoriza, de forma extraordinaria, el retiro de manera facultativa de hasta 17,600 soles (4 UIT) de sus fondos acumulados en el Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones (AFP), esto con la finalidad de aliviar la economía familiar afectada por las consecuencias del Covid-19.
¿Cómo será el procedimiento?
De acuerdo a la norma citada, el procedimiento para el retiro de fondos es el siguiente:
– Los afiliados podrán presentar su solicitud de forma remota, virtual o presencial y, por única vez, dentro de los noventa (90) días calendario posteriores a la vigencia del reglamento de la presente ley.
– Se abonará hasta una (1) UIT cada treinta (30) días calendario, realizándose el primer desembolso a los treinta (30) días de presentada la solicitud ante la administradora privada de fondos de pensiones a la que pertenezca el afiliado.
Ello es aplicable hasta el segundo desembolso y el resto será entregado en el tercer desembolso.
– En el caso de que el afiliado desee dejar de retirar los fondos de su cuenta individual de capitalización, podrá solicitarlo por única vez a la administradora privada de fondos de pensiones diez (10) días antes del desembolso
La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), deberá determinar el reglamento para el cumplimiento de la presente norma, en un plazo que no excederá de quince (15) días calendario de publicada la ley, es decir, hasta el 22 mayo del presente año, la SBS, tiene la obligación de haber presentado un reglamento, a fin de proceder con el retiro extraordinario de los fondos de AFP, asimismo deberá notificará a las entidades respectivas.
Es muy importante señalar que dicho retiro extraordinario no aplica para aquellos pensionistas que califiquen para acceder al Régimen de Jubilación Anticipada por Desempleo.
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