Fecha: 9 diciembre 2020 - 3:31 pm
Esta ampliación permite la reapertura de establecimientos como cines, gimnasios, teatros, casinos y tragamonedas, respetando siempre un aforo determinado, en el cual, para el caso de los cines, gimnasios y casinos, el aforo máximo de estos espacios será del 40%, al considerarse estos establecimientos como espacios cerrados. Para el caso donde se desarrollan espectáculos de artes escénicas, se hace la distinción para el aforo en el caso de que estos sean cerrados o abiertos, considerando el aforo máximo en caso sean espacios cerrados del 40%, y en caso sean espacios abiertos, el aforo será del 60%.
En relación al plan de reanudación de actividades económicas, el Gobierno del Presidente Francisco Sagasti, mediante Decreto Supremo 187-2020-PCM, publicado en fecha seis de diciembre de dos mil veinte en el diario oficial El Peruano, aprobó la ampliación de la fase 4.
Asimismo, la norma modificada para el caso de centros comerciales, restaurantes y servicios afines el aforo que ya había sido establecido, ampliando para el caso de los centros comerciales al 60% del aforo máximo, y en el caso de los restaurantes y servicios afines, en caso sean en espacios cerrados el aforo será del 60%, y en caso sean espacios abiertos será del 70%.
Con esta ampliación lo que se busca es la reactivación gradual de la economía del Perú, pero salvaguardando la salud de las personas al encontrarnos en una pandemia debido al Covid-19.
Recuerda que, si vas a asistir a alguno de estos establecimientos, asiste con tu mascarilla, mantén el distanciamiento determinado, y respeta las normas establecidas para el uso correcto de estos establecimientos.
Para enterarte más, te invitamos a leer la norma completa aquí:
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