¿Es posible adoptar a mayores de edad? Conozca cuál es el trámite para su adopción

Fecha: 4 noviembre 2022 - 8:29 pm

adopción

De acuerdo con nuestro Código Civil, la adopción es el acto mediante el cual una persona adquiere la calidad de hijo de su adoptante y consecuentemente deja de pertenecer a su familia consanguínea. 

Por mucho tiempo se ha creído que solo es posible la adopción de personas menores de edad, sin embargo, hay que tener en cuenta que nuestro ordenamiento jurídico también prevé la adopción de mayores de edad. En este caso, la edad del adoptante debe ser por lo menos igual a la suma de la mayoridad y la del hijo por adoptar.

Respecto al trámite de la adopción de mayores de edad con capacidad de goce y de ejercicio hay que tener en cuenta que esta se realiza en la vía notarial, por lo que tendríamos que recurrir a una notaría donde se presentarán los siguientes documentos:

  1. La solicitud para iniciar el trámite tendrá la forma de minuta, aunque de acuerdo con el artículo 58 de la Ley 26965 no es exigible, pero se seguirá de conformidad con el trámite de asunto no contencioso.
  2. Copia certificada de la partida de nacimiento del adoptante y de matrimonio, si es casado.
  3. Copia certificada de la partida de nacimiento del adoptado y de matrimonio, si es casado. 
  4. Documento que acredite que las cuentas de la administración han sido aprobadas, si el solicitante ha sido representante del adoptado.
  5. Testimonio del inventario de los bienes que tuviere el adoptado.
  6. Copia y original del Documento Nacional de Identidad de los intervinientes
  7. Verificación biométrica de la RENIEC en la notaría

Una vez calificada la documentación en la notaría, se eleva la minuta a escritura pública, la cual deberá ser suscrita por el adoptante y adoptado, posteriormente el Notario oficia al RENIEC para que extienda nueva partida de nacimiento, y también oficia al Registro Civil de la Municipalidad en donde se encuentra inscrito el nacimiento a fin de que anote la adopción al margen de la partida original.

Por: Zoila Pérez Guevara

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