Disponen que cuando la Corte suprema expida autos de calificación de recursos de casación sólo será necesaria la conformidad de tres Jueces/zas para que el recurso de casación sea declarado procedente

Fecha: 22 septiembre 2022 - 12:51 am

resolución

A través de la Resolución Administrativa N° 000317-2022-CE-PJ publicada el 20 de agosto del presente año en el Diario Oficial El Peruano, el Poder Judicial dispuso que cuando los órganos jurisdiccionales colegiados de la Corte Suprema expidan autos de calificación de recurso de casación sólo será necesaria la conformidad y firma de tres Jueces/zas Supremos para que el recurso de casación sea declarado procedente y merezca ser analizado en el fondo por la Sala Suprema.

Esta resolución a modo de aclaración resulta importante, toda vez que, si bien el artículo 122° del Código Procesal Civil exige que tres Jueces Supremos voten conforme para declarar procedente un recurso de casación, requiriendo la mayoría relativa; mientras que, según el artículo 141º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial exige que cuatro Jueces Supremos voten conforme para que se produzca la improcedencia del recurso, esto es, se exige mayoría calificada; sin embargo, en la práctica judicial, para la toma de decisión se ha exigido la mayoría calificada, sea para declarar la procedencia o improcedencia del recurso de casación.

Situación que ha generado mayor retardo en la atención de los recursos de casación debido a que cuando un recurso obtiene tres votos conformes de procedencia y dos de improcedencia, se sigue llamando a más magistrados para obtener los cuatro votos conformes, pudiendo darse el caso de que en una calificación intervengan hasta siete Jueces Supremos. Afectándose así los principios de celeridad y eficiencia en la gestión de los recursos de casación, retardando la administración de justicia y contribuyendo a que se incremente el porcentaje de improcedencias.

Por lo que, ante este hecho el Poder Judicial determinó que se dicten medidas que tiendan a mejorar la eficiencia y celeridad en la calificación de los recursos de casación, compatibilizando la gestión de los recursos de casación con el principio de la garantía del derecho a la tutela judicial efectiva. Permitiendo con esta resolución optimizar la función de la Corte Suprema de Justicia de la República, como garante del control final de legalidad de los procesos judiciales y reimpulsar el fin uniformizador que la casación tiene como uno de los fines esenciales.

Para leer la resolución completa has clic en el siguiente enlace https://proyectozero24.com/wp-content/uploads/2022/08/1.-PJ-CONSEJO-EJECUTIVO.-Establecen-Medidas.-Calificacion-Recursos-de-Casacion.-Pronunciamiento-Fondo-Corte-Suprema.pdf 

Por: Pérez Guevara Zoila

Deja un comentario